El acceso a la información pública del Tribunal Constitucional
DOI:
https://doi.org/10.51915/ret.366Palabras clave:
Derecho de acceso a la información pública, Tribunal Constitucional, Causas legales de inadmisión, Sistema de garantías, Control administrativo y judicialResumen
El Tribunal Constitucional está sometido, en virtud del art. 2.1 f) de la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, a las previsiones legales relativas al derecho de acceso a la información pública, información que, en su caso, se circunscribe al ámbito de las “actividades sujetas a Derecho Administrativo”. El objeto de este trabajo es analizar, en relación con las solicitudes de acceso a la información pública dirigidas al Tribunal Constitucional, las causas de inadmisión más relevantes y problemáticas, así como el sistema previsto para garantizar el ejercicio del derecho de acceso por la ciudadanía y sus incertidumbres; garantías que deben responder a los principios básicos de inmediatez, asequibilidad, independencia y efectividad. A tales efectos, se abordará, en primer lugar, la dificultad de delimitar el ámbito de la información pública sujeta al Derecho Administrativo y, por ello, al control de la jurisdicción contencioso-administrativa. En segundo lugar, se expondrán de forma sistemática la tipología de las solicitudes de acceso a la información pública dirigidas al Tribunal Constitucional y las diferentes causas de inadmisión invocadas. En tercer y último lugar, se estudiará el sistema de garantías previsto -en vía administrativa y judicial-, su expansión por la jurisprudencia del Tribunal Supremo y las incertidumbres que se suscitan en cuanto al acceso a la vía de amparo o de recurso ante el TEDH.
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